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Expulsión de los jesuitas

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Breve Dominus ac Redemptor, en francés y latín.

La expulsión de los jesuitas más importante fue la que ocurrió a mediados del siglo XVIII en las monarquías católicas europeas identificadas como despotismos ilustrados y que culminó con la supresión de la Compañía de Jesús por el Papa Clemente XIV en 1773. Antes y después de esas fechas, los jesuitas también fueron expulsados de otros estados, en algunos incluso más de una vez —como en el caso de España (1767, 1835 y 1932).

Causas

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La inspiración de estas medidas se encuentra en una doctrina política denominada regalismo, que defiende el derecho del Estado nacional a intervenir, recibir y organizar las rentas de sus iglesias nacionales. La expulsión de una orden obediente al papa como la jesuita era económicamente apetecible porque reforzaba el poder del monarca y, además, porque tras la expulsión de una orden religiosa venía luego la correspondiente desamortización de sus bienes, que el Estado podía administrar como creyera oportuno.

La expulsión y supresión de la Compañía de Jesús en el siglo XVIII

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Grabado de la expulsión de los jesuitas del Reino de Portugal (1759), que muestra a los religiosos escoltados por soldados aguardando una embarcación para partir al exilio.

A mediados del siglo XVIII los jesuitas fueron expulsados de las monarquías católicas más importantes:

Simultáneamente a España, los jesuitas fueron expulsados del reino de Nápoles, Sicilia y, en 1768, del ducado de Parma (ambos vinculados a la Casa de Borbón, pero con otros soberanos).

El propio papa Clemente XIV, proveniente de la orden franciscana, presionado por la mayor parte de las cortes católicas (la única importante que no los había expulsado era la austríaca), accedió a disolver la Compañía, muchos de cuyos miembros se habían reubicado en los propios Estados Pontificios, mediante el breve Dominus ac Redemptor, de 21 de julio de 1773.[4]

Las expulsiones afectaron la presencia de la Compañía de Jesús en los imperios coloniales de cada una de esas potencias (Imperio portugués, Imperio francés e Imperio español), donde previamente se había visto inmersa en serios conflictos (reducciones jesuíticas, expulsión de los jesuitas de Brasil en 1754 —cinco años antes que en la metrópoli—,[5]​debido a su oposición al Tratado de Madrid)[6]​ que estuvieron entre las causas del movimiento anti jesuítico en Europa.

Exilio

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Las expulsiones y la posterior disolución de la Compañía de Jesús trajeron como consecuencia el exilio de una gran cantidad de jesuitas en países oficialmente no católicos que toleraban la presencia de súbditos católicos, como el reino de Prusia o el Imperio ruso (que en 1772 habían llevado a cabo el reparto de Polonia, de población mayoritariamente católica). Ambos monarcas (Catalina la Grande de Rusia y Federico II de Prusia) ignoraron el decreto papal, lo que permitió la continuidad de los colegios jesuitas, y de hecho la reorganización de lo más selecto de la intelectualidad de la Compañía.

Restauración

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En el contexto de la Restauración, el papa Pío VII emitió la bula Solicitudo omnium Ecclesiarum (7 de agosto de 1814), que restauró la Compañía de Jesús. Inmediatamente fue reintroducida en España por Fernando VII el 15 de mayo de 1815.[7]

Expulsiones previas al siglo XVIII

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En otros contextos históricos se había producido la expulsión de los jesuitas de los siguientes lugares:[8]

Expulsiones posteriores

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Expulsiones del siglo XIX

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Expulsión de los jesuitas de Rusia

En este siglo serán numerosas y reiteradas las expulsiones de esta orden religiosa en distintos países y bajo conyunturas políticas diversas:

Expulsiones del siglo XX

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En 1901 fueron expulsados de Francia y en 1910 de Portugal (en el contexto de la revolución del 5 de octubre).[8]

En España la Compañía de Jesús quedó en situación de ilegalidad como consecuencia de la entrada en vigor de la Constitución de la Segunda República Española de 1931 (artículo 26, párrafo cuarto, relativo al «cuarto voto» de obediencia al papa). El 23 de enero de 1932, se ordenó consiguientemente su disolución (decreto redactado por el presidente del gobierno Manuel Azaña y por el ministro de justicia Fernando de los Ríos), dando un plazo de diez días a sus componentes para «abandonar la vida religiosa en común y someterse a la legislación».[13]

Notas y referencias

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  1. «La expulsión de los jesuitas de Portugal (1759)». www.cervantesvirtual.com. Consultado el 31 de octubre de 2012. 
  2. «La supresión de los jesuitas en Francia (1764)». www.cervantesvirtual.com. Consultado el 31 de octubre de 2012. 
  3. «Expulsión y exilio de los jesuitas de los dominios de Carlos III». www.cervantesvirtual.com. Consultado el 31 de octubre de 2012. 
  4. «Supresión de los jesuitas». www.artehistoria.jcyl.es. Archivado desde el original el 19 de marzo de 2012. Consultado el 31 de octubre de 2012.  Fuente citada en Dominus ac Redemptor.
  5. Lacouture, 2006, p. 606.
  6. Fausto, Boris (7 de octubre de 2022). Historia mínima de Brasil. El Colegio de Mexico AC. ISBN 978-607-564-426-4. Consultado el 22 de agosto de 2024. 
  7. «Historias Andalucía». www.jesuitas.info.  Texto de la bula en italiano. Fuente citada en Solicitudo omnium Ecclesiarum
  8. a b c Roehner, 1997.
  9. Fernando Garrido, ¡Pobres jesuitas! Texto completo en pdf Archivado el 30 de octubre de 2020 en Wayback Machine., 1881:
    ... las casas de los jesuitas fueron durante las luchas de la Liga, verdaderos arsenales de guerra, que así producían proclamas incendiarias, como puñales y trabucos, y predicadores como asesinos. ... cuando Enrique IV entró en París, después de hacerse católico, todas las corporaciones y órdenes religiosas le prestaron juramento de obediencia, menos la de los jesuitas. El rey pidió informe al Parlamento y a la Universidad, sobre la rebeldía de la Compañía de Jesús, y el resultado fue un decreto expulsándola del reino. La Universidad concluía su requisitoria con las siguientes palabras: «Dígnese el Parlamento ordenar que esta secta sea expulsada, no solo de la Universidad, sino de todo el reino de Francia.» El Parlamento en pleno oyó a las partes el 12, 13 y 16 de Julio; pero antes de que recayera sentencia, Juan Chastel [sic, Jean Châtel ], discípulo de la Compañía, joven de 19 años, intentó asesinar al rey, que recibió la puñalada en la boca, en lugar del corazón, por haberse inclinado para saludar a una persona. Chastel declaró que el jesuita Gueret era su profesor, y que había estudiado en el convento de la Compañía; pero que sólo él era responsable del atentado. Mandó el Parlamento registrar inmediatamente las casas de los jesuitas, y en su colegio de Clermont encontraron varios documentos escritos, contrarios a la dignidad de los reyes, y especialmente a la del difunto Enrique III. Todos los jesuitas fueron presos, muchos de ellos en la Conserjería, y otros en su colegio de Clermont, y por un otrosí, agregado a la sentencia de muerte de Chastel, mandó el tribunal, que todos los jesuitas salieran de París, en el término de tres días, y en el de quince del reino, bajo pena de ser ahorcados si eran habidos después de dichos plazos. ... A pesar de tan buenos consejos, de tan previsoras y saludables advertencias, Enrique IV, se empeñó en que el Parlamento registrara, su edicto del 20 de Enero de 1604, restableciendo en Francia la Compañía. La pirámide de Juan Chastel, construida con los escombros del convento de los jesuitas, fue destruida al siguiente año, y la Compañía prosperó extraordinariamente, gracias, no sólo a la tolerancia, sino a los favores de Enrique IV; pero el 10 de Mayo de 1610, el rey popular caía asesinado a puñaladas por el jesuita Rabaillac [sic, François Ravaillac ]... El tribunal que juzgó al regicida, incluyó en la misma sentencia la destrucción de la Compañía de que era miembro. Ravaillac pagó con su vida, la vida que había arrebatado al rey; y el célebre libro del jesuita español Mariana, en el que hacía la apología del regicidio, fue quemado por orden del Parlamento, el 8 de Junio de 1610, y en cátedras y púlpitos se habló largamente contra la condenada Compañía de Jesús, por sus perniciosas doctrinas, y por los crímenes perpetrados por sus miembros. ... apenas Luis XIII heredó la corona de la víctima de los jesuitas, protegió a la Compañía, y la restableció sin condiciones, a pesar del Parlamento.
  10. El 10 de enero de 1604 el Senado veneciano (Consiglio dei Pregadi -Consiglio dei Pregadi-) prohibió las fundaciones eclesiásticas sin autorización previa de la Signoria. El 26 de marzo de 1605 otra ley prohibió las transmisiones de propiedad de laicos a eclesiásticos (se calculaba que el clero, un uno por ciento de la población, poseía casi la mitad de los bienes inmuebles) y limitaba la competencia del fuero eclesiástico. Dos eclesiásticos acusados de homicidio y estupro fueron encarcelados por las autoridades civiles. El 10 de diciembre de 1605 el papa Paulo V emitió dos breves sobre la abrogación de ambas leyes e instando al nuncio a que procurara que los dos reos fueran juzgados por tribunales eclesiásticos. El 14 de enero de 1606, el nuevo dogo, Leonardo Donà, hizo examinar los dos breves por juristas y teólogos, entre ellos Paolo Sarpi. El 17 de abril el papa excomulgó al Consejo veneciano y fulminó un interdicto contra la República. El 6 de mayo, las autoridades venecianas publicaron el Protesto del monitorio del pontífice, que definía como "nulo y sin ningún valor" el breve papal Superioribus mensibus, mientras que impedían la publicación de la bula papal. Obedeciendo a la disposición del papa, el 9 de mayo los jesuitas se negaron a celebrar misas en Venecia, y las autoridades reaccionaron expulsándolos, junto con los capuchinos y los teatinos. Recoge Sarpi que "partieron ... cada uno con un Cristo al cuello, para mostrar que Cristo partía con ellos. Se congregó una multitud del pueblo... y cuando el prepósito, último en entrar en la barca, demandó la bendición al vicario patriarcal... se elevó una voz en todo el pueblo, que en lengua veneciana les gritó diciendo Andé in malora!". En Roma se esperaba que el interdicto provocase una sublevación contra el gobierno, pero tal cosa no ocurrió; además, con excepción de las tres órdenes expulsadas, ningún otro eclesiástico obedeció al papa, y el culto se siguió celebrando con normalidad. Tras distintos incidentes diplomáticos, el 21 de abril de 1607, a cambio de que el papa revocara su interdicto, Venecia liberó a los dos eclesiásticos encarcelados y retiró su Protesto. No obstante, las leyes venecianas continuaron en vigor y no se permitió el retorno de los jesuitas. (Paolo Sarpi, Istoria dell'interdetto e altri scritti editi e inediti).
  11. Billington, James H. (12 de enero de 2015). El icono y el hacha. Siglo XXI de España Editores. ISBN 978-84-323-1744-6. Consultado el 16 de agosto de 2023. 
  12. Durante este período (1868-1874) una nueva expulsión de los jesuitas se realizó el 12 de octubre de 1868. Aunque el sexenio acabó en 1874 los efectos «en el ámbito eclesiástico fue donde más se sintieron». Véase en Sanz de Diego, Rafael María (1975). «La legislación eclesiástica del sexenio revolucionario (1868-1874)». Revista de estudios políticos (200): 195-224. ISSN 0048-7694. Consultado el 3 de septiembre de 2021. 
  13. Bastante, Jesús (21 de enero de 2007). «La última expulsión de los jesuítas». www.abc.es. Consultado el 31 de octubre de 2012. 

Bibliografía

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  • Lacouture, Jean (2006). Jesuitas. Paidós. ISBN 8449319072. 
  • Roehner, Bertrand M. (1997). «Jesuits and the State: A Comparative Study of their Expulsions (1590–1990)». Religion 27 (2). 

Enlaces externos

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